Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/148
Ley
LEY General de Población
Artículo
148

Artículo 148 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 148 ya no existe en la ley. Antes se agregó en 1996, pero en 2011 lo quitaron. Esto significa que lo que decía ese artículo ya no aplica para nada. No tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 148.- (Se deroga). Artículo adicionado DOF 08-11-1996. Derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.