Artículo 148 de la LEY General de Población
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 148 ya no existe en la ley. Antes se agregó en 1996, pero en 2011 lo quitaron. Esto significa que lo que decía ese artículo ya no aplica para nada. No tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 148.- (Se deroga). Artículo adicionado DOF 08-11-1996. Derogado DOF 25-05-2011
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.