Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/20
Ley
LEY General de Población
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, como si lo hubieran tachado de la ley. Está derogado, es decir, ya no tiene validez legal desde el 25 de mayo de 2011. Por lo tanto, no debes tomar en cuenta lo que decía, porque actualmente no existe. Las autoridades ya no lo aplican ni te pueden exigir nada con base en él.

Texto oficial

Artículo 20.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.