Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/21
- Ley
- LEY General de Población
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la LEY General de Población
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado o cancelado oficialmente. Desde el 25 de mayo de 2011, ya no tiene ningún efecto ni se aplica. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni cumplir de ese artículo.
Texto oficial
Artículo 21.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011
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