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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/50
Ley
LEY General de Población
Artículo
50

Artículo 50 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 50 fue eliminado de la ley desde el 25 de mayo de 2011, por lo que ya no está vigente ni se aplica. Cuando un artículo se deroga, es como si nunca hubiera existido para efectos legales actuales. Esto significa que no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no tiene validez. En la práctica, si alguien menciona este artículo, no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 50.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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