Artículo 49 de la LEY General de Población
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 49 ya no existe. Fue eliminado oficialmente el 25 de mayo de 2011, después de haber sido modificado en 1996. En términos simples, esa parte de la ley ya no es válida ni se aplica. Cuando ves la palabra "derogado", significa que el artículo fue cancelado y ya no tiene efecto legal.
Texto oficial
Artículo 49.- (Se deroga) Artículo reformado DOF 08-11-1996. Derogado DOF 25-05-2011
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.