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Artículo 48 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley, ya no existe desde el 25 de mayo del 2011. En otras palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no aplica para nada actualmente. Antes de ser eliminado, lo reformaron un par de veces, en 1990 y 1996. Pero hoy, para cualquier trámite o situación legal, ese artículo no cuenta.

Texto oficial

Artículo 48.- (Se deroga) Artículo reformado DOF 17-07-1990, 08-11-1996. Derogado DOF 25-05-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.