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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/48
Ley
LEY General de Población
Artículo
48

Artículo 48 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley, ya no existe desde el 25 de mayo del 2011. En otras palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no aplica para nada actualmente. Antes de ser eliminado, lo reformaron un par de veces, en 1990 y 1996. Pero hoy, para cualquier trámite o situación legal, ese artículo no cuenta.

Texto oficial

Artículo 48.- (Se deroga) Artículo reformado DOF 17-07-1990, 08-11-1996. Derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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