Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/7
- Ley
- LEY General de Población
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la LEY General de Población
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 7 ya no existe como ley. Fue modificado una vez y luego eliminado definitivamente el 25 de mayo del 2011. Lo que dice es que ya no tiene ningún efecto legal, así que no te preocupes por él. En términos prácticos, significa que esa regla ya no aplica.
Texto oficial
Artículo 7o.- (Se deroga) Artículo reformado DOF 17-07-1990. Derogado DOF 25-05-2011
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.