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Artículo 77 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 77 dice que un emigrante es cualquier persona, ya sea mexicana o extranjera, que sale de México con la intención de irse a vivir a otro país. Esto aplica tanto si cambia de residencia dentro del país o si se va al extranjero. En pocas palabras, si alguien decide mudarse desde México a otro lugar para vivir ahí, se le considera emigrante.

Texto oficial

Artículo 77.- Se considera emigrante al mexicano o extranjero que se desplace desde México con la intención de cambiar de residencia o país. Artículo reformado DOF 25-05-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.