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Artículo 78 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado (derogado) el 25 de mayo de 2011. Cuando se deroga una ley, es como si nunca hubiera existido. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo, ya no es válido. Solo aplican las reglas actuales que lo reemplazaron.

Texto oficial

Artículo 78.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.