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Ley
LEY General de Población
Artículo
85

Artículo 85 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Gobernación es la encargada de llevar un registro de quiénes somos todos los que vivimos en México, así como de los mexicanos que viven en el extranjero. Esto incluye acreditarnos como ciudadanos, por ejemplo, con documentos como el acta de nacimiento o la cédula de identidad. En pocas palabras, esta dependencia es la que se asegura de que tengamos una identidad oficial reconocida.

Texto oficial

Artículo 85.- La Secretaría de Gobernación tiene a su cargo el registro y la acreditación de la identidad de todas las personas residentes en el país y de los nacionales que residan en el extranjero. Artículo reformado DOF 22-07-1992

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 9) ↗

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