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Ley
LEY General de Protección Civil
Artículo
3

Artículo 3 de la LEY General de Protección Civil

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) deben asegurarse de que los planes y acciones para mejorar cómo funcionan las instituciones de protección civil se basen en una manera completa de manejar los riesgos. Esto significa que no solo se trata de reaccionar ante desastres, sino de prevenirlos, prepararse para ellos y recuperarse después, todo al mismo tiempo. La ley dice que tienen que hacer esto siempre, en todo momento, sin excepción.

Texto oficial

Artículo 3. Los distintos órdenes de gobierno tratarán en todo momento que los programas y estrategias dirigidas al fortalecimiento de los instrumentos de organización y funcionamiento de las instituciones de protección civil se sustenten en un enfoque de gestión integral del riesgo. Artículo reformado DOF 19-01-2018

Ver texto oficial de la LEY General de Protección Civil (pág. 7) ↗

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