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Artículo 77 de la LEY General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada institución u organización que maneje tus datos personales debe tener un Comité de Transparencia. Este comité se encarga de resolver cualquier asunto relacionado con tu información privada y es la autoridad más importante en ese tema. Su funcionamiento se rige por una ley general que aplica en todo el país.

Texto oficial

Artículo 77. Cada responsable contará con un Comité de Transparencia, el cual se integrará y funcionará conforme a lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables. El Comité de Transparencia será la autoridad máxima en materia de protección de datos personales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.