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Artículo 84 de la LEY General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo dice que las personas o empresas que manejan datos personales tienen la obligación de ayudar a las autoridades correspondientes para dar cursos de capacitación continua a todos sus empleados públicos sobre cómo proteger esa información. Esto incluye dar clases, seminarios, talleres o cualquier otro tipo de entrenamiento que sea útil. Es como si tuvieras que asegurarte de que todo tu equipo sepa bien cómo cuidar los datos personales de la gente.

Texto oficial

Artículo 84. Los responsables deberán colaborar con la Secretaría y las Autoridades garantes, según corresponda, para capacitar y actualizar de forma permanente a todas las personas servidoras públicas que tengan adscritas en materia de protección de datos personales, a través de la impartición de cursos, seminarios, talleres y cualquier otra forma de enseñanza y entrenamiento que se considere pertinente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.