Artículo 37 de la LEY General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las autoridades del país (federales, estatales y municipales) van a juntar y compartir información sobre la basura que se genera en cada lugar, como qué tipos de residuos hay, dónde se procesan y cuáles son las leyes que los regulan. Esto lo harán a través de un sistema que se llama "Sistema de Información sobre la Gestión Integral de Residuos", donde también se incluirán datos útiles para cumplir con las leyes de protección al ambiente y de transparencia. Así, cualquier persona puede acceder a esa información pública para saber cómo se maneja la basura en su zona.
Texto oficial
Artículo 37.- Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, integrarán el Sistema de Información sobre la Gestión Integral de Residuos, que contendrá la información relativa a la situación local, los inventarios de residuos generados, la infraestructura disponible para su manejo, las disposiciones jurídicas aplicables a su regulación y control y otros aspectos que faciliten el logro de los objetivos de esta Ley y los ordenamientos que de ella deriven y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública y demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.