Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGRA/191
Ley
LEY General de Responsabilidades Administrativas
Artículo
191

Artículo 191 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una ley dice que te van a notificar por medios electrónicos (como correo o sistema en línea), se aplican las reglas que esa misma ley establezca. En pocas palabras, si la ley de un tribunal ya tiene instrucciones específicas sobre cómo hacer esa notificación digital, entonces se siguen esas instrucciones, no otras.

Texto oficial

Artículo 191. Cuando las leyes orgánicas de los Tribunales dispongan la notificación electrónica, se aplicará lo que al respecto se establezca en ellas.

Ver texto oficial de la LEY General de Responsabilidades Administrativas (pág. 44) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 191 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas, explicado | Precedente Legal