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Ley
LEY General de Responsabilidades Administrativas
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción va a manejar un sistema digital, como una página de internet, donde los servidores públicos registren su evolución patrimonial (cómo cambian sus bienes y dinero con el tiempo), sus declaraciones de intereses (para que no usen su puesto en beneficio propio) y su declaración fiscal (impuestos). Todo esto se hará en una plataforma nacional que se va a crear, siguiendo las reglas de la ley anticorrupción y lo que decida el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción. En pocas palabras, es un sistema en línea para que los funcionarios públicos transparenten su dinero y eviten abusos.

Texto oficial

Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, llevará el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a través de la Plataforma digital nacional que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como las bases, principios y lineamientos que apruebe el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.

Ver texto oficial de la LEY General de Responsabilidades Administrativas (pág. 11) ↗

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