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Artículo 26 de la LEY General de Responsabilidades Administrativas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción va a manejar un sistema digital, como una página de internet, donde los servidores públicos registren su evolución patrimonial (cómo cambian sus bienes y dinero con el tiempo), sus declaraciones de intereses (para que no usen su puesto en beneficio propio) y su declaración fiscal (impuestos). Todo esto se hará en una plataforma nacional que se va a crear, siguiendo las reglas de la ley anticorrupción y lo que decida el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción. En pocas palabras, es un sistema en línea para que los funcionarios públicos transparenten su dinero y eviten abusos.

Texto oficial

Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, llevará el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, a través de la Plataforma digital nacional que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, así como las bases, principios y lineamientos que apruebe el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.