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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGS/309
Ley
LEY General de Salud
Artículo
309

Artículo 309 de la LEY General de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las estaciones de radio y televisión, y los cines, solo pueden pasar anuncios de bebidas alcohólicas en los horarios que permitan las reglas generales. O sea, no pueden poner esos comerciales a cualquier hora del día, sino que deben seguir los límites de horario que ya están establecidos en otras leyes o reglamentos. Así que si ves un anuncio de cerveza o vino en la tele, es porque está dentro del horario permitido.

Texto oficial

Artículo 309. Los horarios en los que las estaciones de radio y televisión y las salas de exhibición cinematográfica podrán transmitir o proyectar, según el caso, publicidad de bebidas alcohólicas, se ajustarán a lo que establezcan las disposiciones generales aplicables. Artículo reformado DOF 30-05-2008

Ver texto oficial de la LEY General de Salud (pág. 149) ↗

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