Artículo 3 de la LEY General de Sociedades Cooperativas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define tres términos clave de la ley. Primero, "organismos cooperativos" son las uniones, federaciones y confederaciones formadas por varias sociedades cooperativas. Segundo, el "Sistema Cooperativo" es la estructura hecha por las cooperativas y sus organismos, y forma parte del Movimiento Cooperativo Nacional. Tercero, el "Instituto" se refiere al Instituto Nacional de la Economía Social, que es la autoridad encargada de este tema.
Texto oficial
Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por: I. Organismos cooperativos, a las uniones, federaciones y confederaciones que integren las sociedades cooperativas; II. Sistema Cooperativo, a la estructura económica y social que integran las sociedades cooperativas y sus organismos. El Sistema Cooperativo es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional, y III. Instituto, al Instituto Nacional de la Economía Social. Artículo reformado DOF 16-04-2025 LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-04-2025 2 de 39
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