Artículo 123 de la LEY General de Sociedades Mercantiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una empresa crea nuevas acciones, puede ofrecer pagarles un interés a sus dueños, pero esto solo por los primeros tres años desde que se emitieron. Ese interés no puede ser mayor al 9% anual. Ese dinero que se paga como interés se considera un gasto de la empresa, como si fuera un gasto de operación normal.
Texto oficial
Artículo 123.- En los estatutos se podrá establecer que las acciones, durante un período que no exceda de tres años, contados desde la fecha de la respectiva emisión, tengan derecho a intereses no mayores del nueve por ciento anual. En tal caso, el monto de estos intereses debe cargarse a gastos generales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.