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Artículo 123 de la LEY General de Sociedades Mercantiles

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando una empresa crea nuevas acciones, puede ofrecer pagarles un interés a sus dueños, pero esto solo por los primeros tres años desde que se emitieron. Ese interés no puede ser mayor al 9% anual. Ese dinero que se paga como interés se considera un gasto de la empresa, como si fuera un gasto de operación normal.

Texto oficial

Artículo 123.- En los estatutos se podrá establecer que las acciones, durante un período que no exceda de tres años, contados desde la fecha de la respectiva emisión, tengan derecho a intereses no mayores del nueve por ciento anual. En tal caso, el monto de estos intereses debe cargarse a gastos generales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.