Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGSNA_200521/24
Ley
LEY General del Sistema Nacional Anticorrupción
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY General del Sistema Nacional Anticorrupción

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional es una oficina del gobierno que se encarga de coordinar acciones importantes, pero no depende directamente de ninguna otra institución más grande. Funciona como una entidad independiente, con sus propios recursos económicos y capacidad para tomar decisiones técnicas sin pedir permiso a otros. Esta oficina está ubicada en la Ciudad de México y tiene su propio equipo de trabajo para cumplir con sus tareas.

Texto oficial

Artículo 24. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, mismo que tendrá su sede en la Ciudad de México. Contará con una estructura operativa para la realización de sus atribuciones, objetivos y fines.

Ver texto oficial de la LEY General del Sistema Nacional Anticorrupción (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 24 de la LEY General del Sistema Nacional Anticorrupción, explicado | Precedente Legal