Artículo 26 de la LEY General de Víctimas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien comete un delito contra ti, tienes derecho a que te reparen el daño que sufriste, y esto debe hacerse rápido, completo y de una forma que realmente te ayude a sentirte mejor. Esa reparación no es solo que te paguen, sino que también puede incluir que te devuelvan lo que perdiste (como dinero o cosas), que te den atención médica o psicológica, que el culpable pida disculpas o que tomen medidas para que el delito no vuelva a pasar. La ley dice que la reparación debe adaptarse a tu caso específico y buscar transformar tu vida para bien. En pocas palabras, no solo se trata de castigar al responsable, sino de que a ti como víctima te repongan lo más posible el daño que viviste.
Texto oficial
Artículo 26. Las víctimas tienen derecho a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia del delito o hecho victimizante que las ha afectado o de las violaciones de derechos humanos que han sufrido, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición. Artículo reformado DOF 03-05-2013
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.