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Ley
LEY General de Víctimas
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY General de Víctimas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien comete un delito contra ti, tienes derecho a que te reparen el daño que sufriste, y esto debe hacerse rápido, completo y de una forma que realmente te ayude a sentirte mejor. Esa reparación no es solo que te paguen, sino que también puede incluir que te devuelvan lo que perdiste (como dinero o cosas), que te den atención médica o psicológica, que el culpable pida disculpas o que tomen medidas para que el delito no vuelva a pasar. La ley dice que la reparación debe adaptarse a tu caso específico y buscar transformar tu vida para bien. En pocas palabras, no solo se trata de castigar al responsable, sino de que a ti como víctima te repongan lo más posible el daño que viviste.

Texto oficial

Artículo 26. Las víctimas tienen derecho a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia del delito o hecho victimizante que las ha afectado o de las violaciones de derechos humanos que han sufrido, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición. Artículo reformado DOF 03-05-2013

Ver texto oficial de la LEY General de Víctimas (pág. 18) ↗

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