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Ley
LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026
Artículo
8

Artículo 8 de la LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo le da permiso al gobierno federal (el Presidente y su gabinete) de firmar contratos para construir proyectos grandes de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), como plantas de luz o líneas eléctricas. Estos proyectos son a largo plazo, es decir, tardarán años en pagarse. El presupuesto autorizado es de más de 32 mil millones de pesos, que se usarán para catorce obras específicas. Todo esto debe hacerse siguiendo las reglas de las leyes de deuda y presupuesto del país, para asegurar que el dinero se use bien. En pocas palabras, es como que el Congreso le dio un «sí» al gobierno para que invierta esa cantidad en mejorar la infraestructura eléctrica.

Texto oficial

Artículo 8o. Se autoriza al Ejecutivo Federal a contratar proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de la Comisión Federal de Electricidad en los términos de los artículos 18 de la Ley Federal de Deuda Pública y 32, párrafos segundo a sexto, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como del Título Cuarto, Capítulo XIV del Reglamento de este último ordenamiento, por un total de 32 mil 472.7 millones de pesos que corresponde a catorce proyectos de inversión directa.

Ver texto oficial de la LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 (pág. 9) ↗

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