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Artículo 42 de la LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 42 ya no es válido, está derogado, es decir, fue eliminado de la ley. Esto significa que ya no debes tomarlo en cuenta ni aplicarlo, como si nunca hubiera existido. Fue reformado (cambiado) en diciembre de 2016 y 2019, pero finalmente se quitó por completo en marzo de 2025. Para cualquier situación legal, este artículo ya no te afecta ni te protege.

Texto oficial

Artículo 42.- Derogado Artículo reformado DOF 07-12-2016, 09-12-2019. Derogado DOF 18-03-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.