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Artículo 1 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley establece las reglas para que funcionen las compañías de seguros y fianzas en México. Su objetivo principal es proteger a los clientes, asegurándose de que estas empresas operen de manera organizada y confiable. También regula el trabajo de los agentes y otros participantes en este negocio. Las instituciones nacionales (del gobierno) que manejan seguros y fianzas tienen sus propias leyes, pero si algo no está cubierto en ellas, aplica esta misma ley.

Texto oficial

ARTÍCULO 1.- La presente Ley es de interés público y tiene por objeto regular la organización, operación y funcionamiento de las Instituciones de Seguros, Instituciones de Fianzas y Sociedades Mutualistas de Seguros; las actividades y operaciones que las mismas podrán realizar, así como las de los agentes de seguros y de fianzas, y demás participantes en las actividades aseguradora y afianzadora previstos en este ordenamiento, en protección de los intereses del público usuario de estos servicios financieros. Las instituciones nacionales de seguros y las instituciones nacionales de fianzas se regirán por sus leyes especiales y, a falta de éstas o cuanto en ellas no esté previsto, por lo que estatuye el presente ordenamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.