Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LISR/198
Ley
LEY del Impuesto sobre la Renta
Artículo
198

Artículo 198 de la LEY del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 198 ya no existe, porque fue derogado, es decir, cancelado oficialmente. Se agregó al código el 30 de noviembre de 2016, pero después, el 12 de noviembre de 2021, lo eliminaron por completo. Por lo tanto, ya no tienes que cumplir con lo que decía ese artículo.

Texto oficial

Artículo 198. Se deroga. Artículo adicionado DOF 30-11-2016. Derogado DOF 12-11-2021

Ver texto oficial de la LEY del Impuesto sobre la Renta (pág. 246) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.