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Artículo 85 de la LEY del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si un fondo de inversión que invierte en acciones recibe dividendos (ganancias repartidas) de otras empresas, debe crear una cuenta especial llamada "cuenta de dividendos netos". Esa cuenta sirve para llevar el control del dinero que entra por esos dividendos y lo que luego se paga a los dueños del fondo. No se cuentan ahí los dividendos que se paguen en acciones, ni los que se reinviertan en la misma empresa dentro de los 30 días después de haberlos repartido. El saldo de esa cuenta se ajusta año con año según las reglas del artículo 77 de la misma ley.

Texto oficial

Artículo 85. Para los efectos de los artículos 80 y 88 de esta Ley, los fondos de inversión de renta variable que distribuyan dividendos percibidos de otras sociedades deberán llevar una cuenta de dividendos netos. Párrafo reformado DOF 18-11-2015 La cuenta a que se refiere este artículo se integrará con los dividendos percibidos de otras personas morales residentes en México y se disminuirá con el importe de los pagados a sus integrantes, provenientes de dicha cuenta. Para los efectos de este artículo, no se incluyen los dividendos en acciones o los reinvertidos en la suscripción o aumento de capital de la misma persona que los distribuye, dentro de los treinta días siguientes a su distribución. El saldo de la cuenta prevista en este artículo se actualizará en los términos del artículo 77 de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 113) ↗

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