Artículo 92 de la LEY del Impuesto sobre la Renta
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varias personas son dueñas de un mismo bien (como una casa o un negocio), deben elegir a una de ellas como representante. Ese representante es el único encargado de llevar los libros, hacer las facturas y guardar los documentos que pide el SAT, además de retener impuestos cuando sea necesario. Si el representante no cumple, todos los dueños son responsables y pueden pagar multas. Esto también aplica para los cónyuges que tienen bienes en sociedad conyugal. En el caso de una herencia, el representante legal paga el impuesto por todos los herederos hasta que se termine de repartir la herencia, aunque cada heredero puede decidir después declarar por su cuenta.
Texto oficial
Artículo 92. Cuando los ingresos de las personas físicas deriven de bienes en copropiedad, deberá designarse a uno de los copropietarios como representante común, el cual deberá llevar los libros, expedir los comprobantes fiscales y recabar la documentación que determinen las disposiciones fiscales, así como cumplir con las obligaciones en materia de retención de impuestos a que se refiere esta Ley. Cuando dos o más contribuyentes sean copropietarios de una negociación, se estará a lo dispuesto en el artículo 108 de esta Ley. Los copropietarios responderán solidariamente por el incumplimiento del representante común. Lo dispuesto en los párrafos anteriores es aplicable a los integrantes de la sociedad conyugal. El representante legal de la sucesión pagará en cada año de calendario el impuesto por cuenta de los herederos o legatarios, considerando el ingreso en forma conjunta, hasta que se haya dado por finalizada la liquidación de la sucesión. El pago efectuado en esta forma se considerará como definitivo, salvo que los herederos o legatarios opten por acumular los ingresos respectivos que les correspondan, en cuyo caso podrán acreditar la parte proporcional de impuesto pagado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.