Artículo 164 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pidas un préstamo al INFONAVIT, los descuentos de tu nómina (lo que te quitan cada quincena) no pueden pasarse del 50% de tu sueldo total en efectivo. Eso incluye lo que estás pagando del préstamo, más los intereses, más cualquier otro adeudo que tengas con el Instituto, como el crédito de tu casa. En pocas palabras, no te pueden quitar más de la mitad de lo que ganas para cubrir tus deudas con el INFONAVIT. Todo esto se hace según las reglas que ponga la Junta Directiva.
Texto oficial
Artículo 164. Los préstamos se deberán otorgar de manera que los abonos para reintegrar la cantidad prestada y sus intereses sumados a los Descuentos por préstamos hipotecarios y a los que deba hacerse por cualquier otro adeudo en favor del Instituto, no excedan del cincuenta por ciento del total de las percepciones en dinero del Trabajador, y se ajustarán al reglamento que al efecto expida la Junta Directiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.