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Ley
LEY del Impuesto al Valor Agregado
Artículo
36

Artículo 36 de la LEY del Impuesto al Valor Agregado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 36 de esa ley fue eliminado. La palabra "derogado" significa que ya no existe ni se aplica. Como el artículo fue borrado el 29 de diciembre de 1997, ya no tienes que preocuparte por lo que decía. En términos prácticos, es como si ese artículo nunca hubiera estado vigente desde esa fecha. No hay nada que cumplir ni entender de él.

Texto oficial

Artículo 36.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 31-12-1981, 30-12-1983, 31-12-1985. Derogado DOF 29-12-1997

Ver texto oficial de la LEY del Impuesto al Valor Agregado (pág. 46) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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