Artículo 137 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión (la autoridad que supervisa las casas de bolsa) puede ordenar que una casa de bolsa deje de hacer ciertas actividades. Esto aplica si la casa de bolsa comete una falta que marca la ley, o si ella misma lo pide después de que sus dueños lo aprueben en una junta especial. Cuando la suspensión es parcial, significa que solo se detienen algunas actividades, como operar con ciertos tipos de valores o aceptar nuevos clientes. La casa de bolsa no puede cerrar por completo, solo deja de hacer lo que se le ordenó. La Comisión también puede obligar a la casa de bolsa a tomar medidas para arreglar lo que causó la suspensión, proteger el mercado o los ahorros de los clientes. Ojo: aunque esté suspendida, la casa de bolsa sigue obligada a cumplir con los negocios que ya hizo antes de que le avisaran de la suspensión. La única excepción es si esos negocios son ilegales y se sospecha que el cliente o la casa de bolsa actuaron a sabiendas o con mala intención. En ese caso, sí podrían cancelarse.
Texto oficial
Artículo 137.- La Comisión podrá ordenar la suspensión parcial de actividades de las casas de bolsa que incurran en las causales a las que se refiere esta Ley, así como de las que así lo soliciten previa resolución de su asamblea general extraordinaria. La suspensión parcial podrá estar referida a la realización de una o más actividades, así como a operaciones con ciertos tipos de valores u operaciones nuevas. La Comisión deberá, en su caso, ordenar a la casa de bolsa que adopte las medidas necesarias para corregir las causas que dieron origen a la suspensión y las que fueren necesarias para preservar la integridad del mercado o proteger los activos de los clientes de las casas de bolsa. La suspensión no implicará que se afecte el cumplimiento de las operaciones que se hayan celebrado con anterioridad a que surta efectos la notificación de la orden de la Comisión, salvo que se trate de operaciones ilícitas en las que se presuma que el cliente o la casa de bolsa actuaron con dolo o mala fe.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.