Artículo 255 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que ayudan a comprar y vender acciones o inversiones usando sistemas automatizados o equipos de comunicación tienen que hacer estas cuatro cosas: 1. Publicar los precios actuales (cotizaciones) para que la gente pueda pedir o dar órdenes de compra o venta de acciones, derivados financieros u otros activos financieros. 2. Dar información sobre esos precios de los productos con los que trabajan. 3. Ofrecer sus servicios usando sistemas o equipos de comunicación para difundir esos precios y concretar operaciones. 4. Hacer cualquier otra actividad que esté escrita en sus reglas internas (estatutos). Además, cuando compras o vendes acciones usando estos sistemas, se considera que la operación se hizo fuera de la Bolsa de Valores, es decir, no en el mercado oficial.
Texto oficial
Artículo 255.- Las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores realizarán las actividades siguientes: I. Difundir cotizaciones con el objeto de canalizar solicitudes u órdenes para llevar a cabo operaciones con valores, instrumentos financieros derivados y otros activos financieros, mediante la utilización de equipos automatizados o de comunicación. II. Suministrar información relativa a las cotizaciones de los valores, instrumentos financieros derivados y activos financieros, respecto de los cuales presten sus servicios. III. Prestar servicios a través de sistemas o de equipos de comunicación relacionados con la difusión de cotizaciones para llevar a cabo operaciones. IV. Las demás contempladas en sus estatutos sociales. Las operaciones con valores realizadas a través de los sistemas a que se refiere este artículo se considerarán celebradas fuera de bolsa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.