Artículo 37 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica que si varias personas toman una decisión ilegal que cause daños a la empresa, todas son responsables juntas y cada una debe pagar el total de los daños, no solo su parte. La empresa debe recibir una indemnización completa por todo lo que perdió, y además, los culpables serán despedidos de sus cargos. La empresa no puede hacer acuerdos, contratos ni cambiar sus reglas internas para perdonar, reducir o cubrir con seguros esa responsabilidad. Todo lo que se haya hecho para evitar pagar los daños no es válido.
Texto oficial
Artículo 37.- La responsabilidad consistente en indemnizar los daños y perjuicios ocasionados con motivo de los actos, hechos u omisiones a que hacen referencia los artículos 34, 35 y 36 de esta Ley, será solidaria entre los culpables que hayan adoptado la decisión y será exigible como consecuencia de los daños o perjuicios ocasionados. La indemnización que corresponda deberá cubrir los daños y perjuicios causados a la sociedad o personas morales que ésta controle o en las que tenga una influencia significativa y, en todo caso, se procederá a la remoción del cargo de los culpables. La sociedad afectada, en ningún caso, podrá pactar en contrario, ni prever en sus estatutos sociales, prestaciones, beneficios o excluyentes de responsabilidad, que limiten, liberen, sustituyan o compensen las obligaciones por la responsabilidad a que se refieren los preceptos legales mencionados en el párrafo anterior, ni contratar en favor de persona alguna seguros, fianzas o cauciones que cubran el monto de la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. Apartado C De las acciones de responsabilidad
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.