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Artículo 62 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los certificados bursátiles son como documentos financieros que funcionan de dos maneras: la primera, representan la parte que le toca a cada persona que los tiene en un préstamo grande que se le hizo a una empresa (como si varios compraran un boleto para un premio grupal). La segunda, pueden representar derechos sobre un patrimonio que está en un fideicomiso, que es un acuerdo donde alguien administra bienes para beneficio de otros. Estos certificados pueden ser de dos tipos: preferentes (que cobran primero) o subordinados (que cobran después), y los tenedores pueden tener diferentes niveles de prioridad para recibir su pago. Además, se pueden emitir solo con la decisión de quien los crea, sin necesidad de un contrato con otra persona.

Texto oficial

Artículo 62.- Los certificados bursátiles son títulos de crédito que representan: I. La participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo a cargo de personas morales, o II. Alguno o algunos de los derechos a que se refiere el artículo 63 de esta Ley respecto de un patrimonio afecto en fideicomiso. Dichos certificados podrán ser preferentes o subordinados e incluso tener distinta prelación en el derecho al cobro entre sus tenedores, y podrán ser emitidos mediante declaración unilateral de la voluntad. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.