Artículo 1 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley es como un instructivo para que el gobierno haga más fácil y digital los trámites que tú necesitas hacer, como sacar un pasaporte o un permiso. Aplica en todo México y tanto el gobierno federal, como los estatales y municipales deben seguirla. Sin embargo, no aplica para asuntos de impuestos, para los procedimientos de los ministerios públicos, ni para las secretarías de Defensa y Marina, a menos de que sea para simplificar y digitalizar algún trámite y registrarlo en el portal único del gobierno.
Texto oficial
Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación administrativa y digitalización de Trámites y Servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas en los tres órdenes de gobierno; sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. Este ordenamiento no será aplicable a las materias de carácter fiscal, tratándose de las contribuciones y los accesorios que deriven directamente de aquéllas responsabilidades de las personas servidoras públicas, al Ministerio Público en ejercicio de sus funciones constitucionales; actos, procedimientos o resoluciones de las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina; salvo en lo relativo a las obligaciones en materia de simplificación, digitalización y registro de Trámites y Servicios en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, que serán de observancia obligatoria para todas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.