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Artículo 10 de la LEY Orgánica de la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que todas las Secretarías de Estado, como la de Salud o Educación, tienen el mismo nivel de importancia; ninguna está por encima de las otras. Pero hay una excepción: el Presidente puede ordenar que la Secretaría de Gobernación sea la que coordine a todas las demás para que cumplan con sus instrucciones y acuerdos.

Texto oficial

Artículo 10.- Las Secretarías de Estado tendrán igual rango y entre ellas no habrá, por lo tanto, preeminencia alguna. Sin perjuicio de lo anterior, por acuerdo del Presidente de la República, la Secretaría de Gobernación coordinará las acciones de la Administración Pública Federal para cumplir sus acuerdos y órdenes. Artículo reformado DOF 09-04-2012, 02-01-2013

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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