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Ley
LEY Orgánica de la Administración Pública Federal
Artículo
54

Artículo 54 de la LEY Orgánica de la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 54 fue eliminado de la ley el 14 de mayo de 1986, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se aplica. En la práctica, este artículo dejó de existir hace décadas, así que no tienes que preocuparte por él. Es como si nunca hubiera estado en la ley.

Texto oficial

Artículo 54.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 14-05-1986

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Administración Pública Federal (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.