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Artículo 4 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El domicilio oficial del Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext) va a ser el que diga su propio reglamento interno. Pero el banco puede abrir o cerrar sucursales, agencias u otras oficinas, y también nombrar representantes, tanto en México como en el extranjero. Para hacer todo esto, primero necesita pedir permiso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Texto oficial

Artículo 4o.- El domicilio del Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, será el que se determine en su Reglamento Orgánico, pero podrá establecer o clausurar sucursales o agencias o cualquier otra clase de oficinas y nombrar corresponsales, en el país o en el extranjero, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.