Artículo 4 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El domicilio oficial del Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext) va a ser el que diga su propio reglamento interno. Pero el banco puede abrir o cerrar sucursales, agencias u otras oficinas, y también nombrar representantes, tanto en México como en el extranjero. Para hacer todo esto, primero necesita pedir permiso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Texto oficial
Artículo 4o.- El domicilio del Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, será el que se determine en su Reglamento Orgánico, pero podrá establecer o clausurar sucursales o agencias o cualquier otra clase de oficinas y nombrar corresponsales, en el país o en el extranjero, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.