Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LOCGEUM/101
Ley
LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
101

Artículo 101 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Jurisdiccional es un grupo de senadores, entre 8 y 12 personas, que se encarga de elegir a algunos de ellos para formar un equipo especial llamado "sección de enjuiciamiento". Este equipo solo se arma cuando sea necesario y se dedica a los asuntos que marca la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (una ley sobre fallas de funcionarios del gobierno). Además, en esa sección de enjuiciamiento deben estar incluidos senadores de diferentes partidos políticos, para que todas las voces tengan representación. En pocas palabras, es un comité temporal dentro del Senado que revisa casos graves de servidores públicos.

Texto oficial

ARTICULO 101. 1. La Comisión Jurisdiccional se integrará por un mínimo de 8 Senadores y un máximo de 12, con la finalidad de que entre ellos se designe a los que habrán de conformar, cuando así se requiera, la sección de enjuiciamiento encargada de las funciones a que se refiere la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; en dicha sección deberán estar representados los grupos parlamentarios.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 101 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, explicado | Precedente Legal