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Ley
LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Vicepresidentes ayudan al Presidente de la Cámara a hacer su trabajo. También, cuando hay eventos o actos oficiales, el Presidente puede pedirle a uno de los Vicepresidentes que lo represente en esas ocasiones.

Texto oficial

ARTICULO 24. 1. Los Vicepresidentes asisten al Presidente de la Cámara en el ejercicio de sus funciones. 2. Las representaciones protocolarias de la Cámara podrán ser asumidas por uno de los Vicepresidentes, quien será nombrado para tal efecto por el Presidente.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 11) ↗

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