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Ley
LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo
56

Artículo 56 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 56 dice que el Ejército Mexicano tiene cinco ramas principales con trabajos distintos. La Infantería son los soldados que pelean a pie. La Caballería ya no usa caballos, sino vehículos ligeros para moverse rápido. La Artillería se encarga de los cañones y lanzacohetes. La rama Blindada opera tanques y vehículos con protección pesada. Por último, los Ingenieros construyen caminos, puentes o destruyen obstáculos para apoyar a las demás tropas.

Texto oficial

ARTICULO 56. Las Armas del Ejército Mexicano son: I. Infantería; II. Caballería; III. Artillería; IV. Blindada; e V. Ingenieros.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (pág. 10) ↗

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