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Artículo 1 de la LEY Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley crea y organiza la Procuraduría de Justicia de la CDMX (antes Distrito Federal), que es la oficina encargada de investigar delitos y llevar a los responsables ante un juez. Aplica para todos en la ciudad y es obligatorio respetarla. Su objetivo es que el Ministerio Público (los fiscales y agentes que investigan) haga su trabajo siguiendo las reglas de la Constitución y otras leyes. Cuando la Procuraduría actúe, debe hacerlo con principios como legalidad, honestidad, imparcialidad, eficiencia y, sobre todo, respetando los derechos humanos de las personas.

Texto oficial

Artículo 1. (Objeto de la Ley). Esta ley es de orden público, interés social, observancia general en el Distrito Federal y tiene por objeto organizar la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal para el despacho de los asuntos que al Ministerio Público atribuyen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, este ordenamiento y demás disposiciones legales aplicables. Para el despacho de los asuntos que competen al Ministerio Público, la actuación de la Procuraduría se regirá por los principios de legalidad, certeza, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, eficacia, eficiencia y respeto a los derechos humanos. CAPITULO II LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 20-06-2011 2 de 45 DE LAS ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.