- Ley
- LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
- Artículo
- 32
Artículo 32 de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno quiera hacer una licitación pública (un concurso para que empresas compitan por un contrato), tiene que publicar la invitación y los requisitos en la Plataforma (un sitio de internet oficial). Si es una licitación internacional que está protegida por un tratado de México con otro país, y el tratado lo exige, también deben mandar un resumen al Diario Oficial de la Federación (el periódico del gobierno). Ese resumen tiene que incluir información como qué se va a comprar o construir, cuánto trabajo hay, el número de la licitación, y las fechas importantes. El resumen debe mandarse a más tardar el día hábil siguiente de cuando se publicó en la Plataforma. Todo esto es para que la información llegue a más personas y sea más clara.
Texto oficial
Artículo 32. La publicación de la convocatoria a la licitación pública y sus bases se realizará a través de la Plataforma. En el caso de las licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados, cuando así lo disponga el tratado, se enviará para su publicación en el Diario Oficial de la Federación a más tardar al día hábil siguiente de la publicación en la Plataforma, un resumen de la convocatoria a la licitación que deberá contener, entre otros elementos, el objeto de la licitación, el volumen de obra, el número de licitación, las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento de contratación. Artículo reformado DOF 28-05-2009, 16-04-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.