Artículo 4 de la LEY Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser miembro titular del Seminario de Cultura Mexicana, necesitas ser mexicano de nacimiento. También debes haberte destacado por tu trabajo en la ciencia o el arte, ya sea creando, investigando o difundiendo la cultura. La ley busca a personas que hayan demostrado dedicación y talento en estas áreas. En pocas palabras, es un reconocimiento para mexicanos que han puesto en alto la cultura y el conocimiento del país.
Texto oficial
ARTICULO 4o.- El puesto de miembro titular del Seminario será otorgado a mexicanos por nacimiento que se hayan distinguido en labores de creación e investigación científicas o artísticas y que hayan demostrado capacidad y empeño en trabajos de difusión cultural. LEY ORGÁNICA DEL SEMINARIO DE CULTURA MEXICANA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 11-05-2022 2 de 5
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