Artículo 14 de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Directivo de esta sociedad va a tener 10 integrantes. Seis de ellos representan a la serie "A" de las acciones de la empresa: ahí entran el Secretario de Hacienda (quien será el presidente), el Subsecretario de Hacienda, un Subgobernador del Banco de México, otro representante del Banco de México, el Secretario de Desarrollo Agrario (Sedatu) y el titular de la Comisión Nacional de Vivienda. Los otros cuatro son consejeros externos que representan a la serie "B", y los elige la persona o grupo que tenga la mayoría de esos certificados; si el dueño es el Gobierno Federal, lo decide el Secretario de Hacienda. Los consejeros externos no tienen suplentes, pero los demás sí pueden nombrar a alguien que los reemplace, preferiblemente con nivel de director general en el gobierno federal. Si el Secretario de Hacienda falta, el presidente será el Subsecretario de Hacienda; si él también falta, el suplente del Secretario, y si nadie de esos está, los consejeros de la serie "A" eligen a quién preside. Además, el Consejo puede invitar a sus juntas a personas que tengan que ver con los temas que van a tratar.
Texto oficial
Artículo 14.- El Consejo Directivo estará integrado por diez consejeros, distribuidos de la siguiente forma: LEY ORGÁNICA DE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 5 de 25 Párrafo reformado DOF 10-01-2014 I. Seis consejeros representarán a la serie "A" de los certificados de aportación patrimonial de la Sociedad, que serán: Párrafo reformado DOF 10-01-2014 a) El Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el Consejo Directivo; b) El Subsecretario de Hacienda y Crédito Público; Inciso reformado DOF 10-01-2014 c) Un Subgobernador del Banco de México, designado por el propio Gobernador; Inciso reformado DOF 10-01-2014 d) Un representante designado por el Gobernador del Banco de México dentro de los 3 niveles jerárquicos superiores del instituto central; Inciso reformado DOF 10-01-2014 e) El Secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y Inciso adicionado DOF 10-01-2014 f) El Titular de la Comisión Nacional de Vivienda, y Inciso reformado DOF 20-08-2008. Recorrido DOF 10-01-2014 II. Cuatro consejeros externos representarán a la serie "B" de los certificados de aportación patrimonial de la Sociedad; serán designados por el titular o titulares de esos certificados que representen, cuando menos, el 51% de éstos y, en el supuesto de que el titular sea el Gobierno Federal, la designación correspondiente la realizará el Secretario de Hacienda y Crédito Público. Los consejeros externos no tendrán suplentes. Los demás consejeros designarán a sus suplentes, quienes deberán tener, preferentemente, nivel de director general en la Administración Pública Federal Centralizada o su equivalente. En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público tendrá el carácter de presidente del Consejo Directivo, en ausencia de este último, tendrá el carácter de presidente el suplente del Secretario de Hacienda y Crédito Público y a falta de todos los anteriores, quien designen los consejeros presentes de entre los consejeros de la serie “A”. Párrafo adicionado DOF 10-01-2014 El Consejo Directivo podrá invitar a sus sesiones a personas cuyas actividades estén relacionadas con los temas a tratar. Artículo reformado DOF 24-06-2002, 22-06-2006
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.