Artículo 26 de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las reglas que ponen este artículo se aplican cuando la Ley de la Sociedad Hipotecaria Federal no cubra algún tema. Primero se revisa la Ley de Instituciones de Crédito, luego la Ley del Banco de México, después las leyes de comercio, luego las costumbres bancarias y comerciales, y por último el Código Civil Federal. O sea, si no hay una respuesta directa en su propia ley, la Sociedad usa estas otras leyes en ese orden específico. Esto sirve para que siempre haya una forma clara de resolver cualquier situación sin dejar huecos legales.
Texto oficial
Artículo 26.- La Ley de Instituciones de Crédito, la Ley del Banco de México, la legislación mercantil, los usos y prácticas bancarios y mercantiles, así como el Código Civil Federal, se aplicarán a las operaciones de la Sociedad, supletoriamente a la presente Ley en el orden en que están mencionadas. LEY ORGÁNICA DE SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 13 de 25
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.