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Artículo 49 de la LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Tribunal tendrá a 10 jueces adicionales, llamados Magistrados Supernumerarios, que entrarán a trabajar cuando falte algún juez de las Salas Regionales por situaciones que marca la ley. Cuando no estén cubriendo esas faltas, estos jueces tendrán que hacer otras labores que les asigne el Pleno General, que es la reunión de todos los jueces principales. En pocas palabras, son como refuerzos que ayudan cuando alguien no puede trabajar y mientras tanto hacen otras tareas.

Texto oficial

Artículo 49. El Tribunal contará con diez Magistrados Supernumerarios de Sala Regional, que cubrirán las faltas de los Magistrados de dichas Salas, en los casos previstos en esta Ley. Los Magistrados Supernumerarios, durante el tiempo que no cubran las faltas señaladas en el párrafo anterior, deberán desempeñar las tareas que les encomiende el Pleno General.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.