Artículo 59 de la LEY de Protección al Ahorro Bancario
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que ciertos bienes no son propiedad de la nación, sin importar cómo sean o para qué sirvan. Como no son del país, no les aplican las reglas del gobierno ni las leyes que hablan sobre presupuesto o dinero público. En otras palabras, esos bienes se manejan aparte, sin que el gobierno tenga control sobre ellos.
Texto oficial
Artículo 59.- Los Bienes, independientemente de su naturaleza y características, no se considerarán para ningún efecto bienes nacionales, por tanto, no les serán aplicables las disposiciones legales y administrativas correspondientes, ni aun las de carácter presupuestario o relacionadas con el gasto público.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.