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Ley
LEY de Protección al Ahorro Bancario
Artículo
85

Artículo 85 de la LEY de Protección al Ahorro Bancario

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretario Ejecutivo va a tener a su cargo un equipo de personas que trabajan en el Instituto. Esos empleados públicos van a ser los que estén marcados en el reglamento interno de la institución. En palabras más claras, la ley dice que este funcionario puede pedir ayuda de los trabajadores que aparecen en ese documento oficial.

Texto oficial

Artículo 85.- El Secretario Ejecutivo será auxiliado por los servidores públicos que al efecto señale el Estatuto Orgánico del Instituto.

Ver texto oficial de la LEY de Protección al Ahorro Bancario (pág. 14) ↗

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