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Artículo 12 de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicano lo forman varias Secretarías y organismos del gobierno. La Secretaría de la Defensa Nacional es la encargada de coordinar este sistema, y dentro de ella participan la Fuerza Aérea y un Centro Nacional especializado. También se integran la Secretaría de Marina, la de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la de Seguridad y Protección Ciudadana (con la Guardia Nacional y el Centro de Inteligencia), y la de Gobernación (con el Instituto de Migración). En pocas palabras, estas dependencias trabajan juntas para vigilar y proteger el cielo mexicano.

Texto oficial

Artículo 12. El Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicano se integra por: I. La Secretaría de la Defensa Nacional, quien coordinará el Sistema: a) La Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana, y b) La Comandancia del Centro Nacional para la Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo. II. La Secretaría de Marina: a) La Dirección del Centro de Mando y Control de la Armada de México. III. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes: a) La Agencia Federal de Aviación Civil, y b) Los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano. LEY DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO AÉREO MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 01-03-2023 5 de 10 IV. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana: a) La Guardia Nacional, y b) El Centro Nacional de Inteligencia. V. La Secretaría de Gobernación: a) El Instituto Nacional de Migración. Capítulo IV Del Consejo Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.