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Ley
LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Artículo
14

Artículo 14 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Consejos de Premiación son grupos de personas que trabajan todo el tiempo para revisar los papeles de quienes quieren ganar un premio. Se encargan de dejar listos esos documentos para que después se decida si se da o no el premio.

Texto oficial

Artículo 14.- Los Consejos de Premiación son órganos colegiados de carácter permanente encargados de poner en estado de resolución los expedientes que se formen para el otorgamiento de los premios establecidos.

Ver texto oficial de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles (pág. 4) ↗

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